Fechas de Verifactu: el calendario definitivo (2026-2027)
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Si has buscado “cuándo es obligatorio Verifactu” habrás encontrado de todo: artículos que dicen 2025, otros 2026, otros 2027. Todos tuvieron razón en su momento — la fecha se ha aplazado dos veces. Este artículo recoge el calendario vigente hoy, con las fuentes del BOE, y lo actualizamos si vuelve a cambiar (la fecha de última revisión está arriba).
Las fechas que valen hoy
| Quién | Fecha límite vigente |
|---|---|
| Sociedades (Impuesto sobre Sociedades) | 1 de enero de 2027 |
| Autónomos y resto de obligados | 1 de julio de 2027 |
Fuente: Real Decreto-ley 15/2025, publicado en el BOE el 3 de diciembre de 2025, convalidado por el Congreso el 11 de diciembre de 2025 y confirmado por la nota informativa de la AEAT.
“Resto de obligados” incluye a los autónomos (empresarios y profesionales en IRPF), las entidades en atribución de rentas y los no residentes con establecimiento permanente. Si no tienes claro si te afecta, aquí explicamos qué es Verifactu y a quién obliga.
La historia de los dos aplazamientos
Que desconfíes de las fechas que encuentres por ahí tiene motivo. Este es el recorrido completo:
| Norma | Publicada | Fecha límite que fijaba |
|---|---|---|
| RD 1007/2023 (el reglamento original) | dic-2023 | 1 de julio de 2025 (todos) |
| RD 254/2025 (primer aplazamiento) | abr-2025 | 1-ene-2026 (sociedades) / 1-jul-2026 (resto) |
| RD-ley 15/2025 (segundo aplazamiento, vigente) | dic-2025 | 1-ene-2027 (sociedades) / 1-jul-2027 (resto) |
Los motivos oficiales de la última prórroga: dar tiempo a adaptar los sistemas y garantizar “una implantación ordenada y homogénea en el conjunto del tejido empresarial”, según la exposición de motivos de la propia norma.
Una fecha que ya pasó: la de los programas de facturación
Hay un plazo que sí está en vigor desde 2025 y que juega a tu favor: los fabricantes y comercializadores de software de facturación están obligados a ofrecer sus productos plenamente adaptados desde los nueve meses posteriores a la orden técnica (Orden HAC/1177/2024), es decir, desde finales de julio de 2025. En la práctica: el programa que compres o contrates hoy ya debería cumplir Verifactu. Si un proveedor te dice que “ya lo adaptará”, mala señal — en nuestra comparativa solo incluimos herramientas que declaran cumplirlo.
¿Y hasta entonces? El periodo de pruebas
La AEAT considera el tiempo que queda hasta tu fecha límite un periodo de pruebas: puedes adaptarte ya, facturar con un sistema Verifactu e incluso remitir registros a la AEAT sin esperar a 2027 (y sin compromiso de permanencia durante las pruebas).
Nuestra recomendación práctica, sin alarmismo: no necesitas correr hoy, pero tampoco esperes al último trimestre. Los cambios de herramienta de facturación se hacen mejor con calma — idealmente al cierre de un trimestre fiscal — y los proveedores estarán saturados en la recta final.
¿Habrá un tercer aplazamiento?
Honestamente: no se puede descartar (van dos), pero no hay nada anunciado, y esta vez las fechas vienen convalidadas por el Congreso. Planificar contando con otra prórroga es apostar tu negocio a que suene la flauta. Nuestro consejo es trabajar con las fechas vigentes; si cambian, actualizaremos esta página el mismo día.
Qué hacer con estas fechas
- Sociedad → tu límite es el 1 de enero de 2027: te conviene decidir herramienta en 2026.
- Autónomo → 1 de julio de 2027: tienes más margen, pero el mejor momento para migrar es un cambio de trimestre tranquilo, no junio de 2027.
- ¿No sabes qué herramienta necesitas? El test de 2 minutos te lo dice según tu caso, y la comparativa de programas tiene los precios verificados.