Verifactu para taxistas y conductores VTC
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El taxi es un caso especial dentro de Verifactu, y la mayoría de artículos lo mete en el mismo saco que a un bar o una tienda. Error: el régimen fiscal típico del taxi (módulos + IVA simplificado) y su forma de cobrar hacen que la respuesta sea distinta — y bastante más tranquilizadora. Vamos por partes, con las respuestas oficiales de la AEAT.
Taxista en módulos: el día a día queda casi fuera
La AEAT lo dice con carácter general: los acogidos al régimen simplificado de IVA “no están obligados a expedir factura, salvo determinadas excepciones”. La carrera normal de calle —el cliente paga y se baja— no exige factura. Y donde no hay factura, no aplica Verifactu: la norma regula los sistemas que emiten facturas, no el taxímetro como tal ni tu forma de cobrar.
Las excepciones en las que sí debes facturar (y ahí sí entra Verifactu):
- Cuando el cliente es una empresa, profesional o Administración (el clásico servicio a empresas con factura mensual, o el cliente de empresa que pide factura para sus gastos).
- Cuando cualquier cliente te exige factura para un derecho tributario.
- Si vendes activos (por ejemplo, la licencia o el vehículo afecto, según el caso).
¿Y el recibo del taxímetro o de la impresora de a bordo? La AEAT distingue: los justificantes que no reúnen los requisitos de factura simplificada quedan fuera del reglamento; las auténticas facturas simplificadas emitidas por un sistema informático, dentro. La pregunta correcta para tu fabricante de taxímetro o tu gestoría es: ¿lo que imprime mi equipo es factura simplificada o un simple recibo? De eso depende si el equipo necesita adaptación.
Conductor VTC: aquí sí, sin matices
Si conduces para una plataforma (o tienes tu propia actividad VTC), tu facturación es a empresas: existe obligación de facturar y Verifactu te afecta de lleno. Dos escenarios habituales:
- Emites tú las facturas (a la plataforma, a clientes corporativos): el programa con el que las hagas debe cumplir Verifactu.
- Las emite materialmente la plataforma o tu gestoría en tu nombre: el sistema que usen debe estar adaptado — y ojo, la AEAT recuerda que delegar la emisión “no exime al obligado a expedir facturas de la responsabilidad sobre dicho cumplimiento”. Pregunta a tu plataforma o gestoría con qué sistema emiten y pide confirmación de que está adaptado.
Qué te sirve, según tu caso
| Tu caso | Qué necesitas |
|---|---|
| Taxi en módulos, facturas solo esporádicas | App gratuita de la AEAT para esas facturas puntuales — la propia AEAT la señala para estos casos (análisis completo) |
| Taxi con clientes de empresa habituales | Programa adaptado con app móvil para facturar desde el coche: Billin desde 6,6 €/mes +IVA cubre bien este caso |
| VTC facturando a plataforma | Programa adaptado, o confirmación por escrito de que quien emite por ti usa un sistema adaptado |
| Además quieres impuestos y gestoría conectada | Quipu (comparativa completa) |
Un consejo específico del sector: si facturas desde el coche, valora que el programa tenga app móvil decente — es tu oficina. Y guarda la declaración responsable de cumplimiento del proveedor que elijas.
Tu fecha límite como autónomo: 1 de julio de 2027 (calendario completo con fuentes). Si operas como sociedad (flotas), el 1 de enero de 2027.
¿Dudas entre la app gratuita y un programa? El test de 2 minutos te lo resuelve según tu volumen de facturas y tus clientes.