Verifactu para taxistas y conductores VTC

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El taxi es un caso especial dentro de Verifactu, y la mayoría de artículos lo mete en el mismo saco que a un bar o una tienda. Error: el régimen fiscal típico del taxi (módulos + IVA simplificado) y su forma de cobrar hacen que la respuesta sea distinta — y bastante más tranquilizadora. Vamos por partes, con las respuestas oficiales de la AEAT.

Taxista en módulos: el día a día queda casi fuera

La AEAT lo dice con carácter general: los acogidos al régimen simplificado de IVA “no están obligados a expedir factura, salvo determinadas excepciones”. La carrera normal de calle —el cliente paga y se baja— no exige factura. Y donde no hay factura, no aplica Verifactu: la norma regula los sistemas que emiten facturas, no el taxímetro como tal ni tu forma de cobrar.

Las excepciones en las que sí debes facturar (y ahí sí entra Verifactu):

  • Cuando el cliente es una empresa, profesional o Administración (el clásico servicio a empresas con factura mensual, o el cliente de empresa que pide factura para sus gastos).
  • Cuando cualquier cliente te exige factura para un derecho tributario.
  • Si vendes activos (por ejemplo, la licencia o el vehículo afecto, según el caso).

¿Y el recibo del taxímetro o de la impresora de a bordo? La AEAT distingue: los justificantes que no reúnen los requisitos de factura simplificada quedan fuera del reglamento; las auténticas facturas simplificadas emitidas por un sistema informático, dentro. La pregunta correcta para tu fabricante de taxímetro o tu gestoría es: ¿lo que imprime mi equipo es factura simplificada o un simple recibo? De eso depende si el equipo necesita adaptación.

Conductor VTC: aquí sí, sin matices

Si conduces para una plataforma (o tienes tu propia actividad VTC), tu facturación es a empresas: existe obligación de facturar y Verifactu te afecta de lleno. Dos escenarios habituales:

  • Emites tú las facturas (a la plataforma, a clientes corporativos): el programa con el que las hagas debe cumplir Verifactu.
  • Las emite materialmente la plataforma o tu gestoría en tu nombre: el sistema que usen debe estar adaptado — y ojo, la AEAT recuerda que delegar la emisión “no exime al obligado a expedir facturas de la responsabilidad sobre dicho cumplimiento”. Pregunta a tu plataforma o gestoría con qué sistema emiten y pide confirmación de que está adaptado.

Qué te sirve, según tu caso

Tu caso Qué necesitas
Taxi en módulos, facturas solo esporádicas App gratuita de la AEAT para esas facturas puntuales — la propia AEAT la señala para estos casos (análisis completo)
Taxi con clientes de empresa habituales Programa adaptado con app móvil para facturar desde el coche: Billin desde 6,6 €/mes +IVA cubre bien este caso
VTC facturando a plataforma Programa adaptado, o confirmación por escrito de que quien emite por ti usa un sistema adaptado
Además quieres impuestos y gestoría conectada Quipu (comparativa completa)

Un consejo específico del sector: si facturas desde el coche, valora que el programa tenga app móvil decente — es tu oficina. Y guarda la declaración responsable de cumplimiento del proveedor que elijas.

Tu fecha límite como autónomo: 1 de julio de 2027 (calendario completo con fuentes). Si operas como sociedad (flotas), el 1 de enero de 2027.

¿Dudas entre la app gratuita y un programa? El test de 2 minutos te lo resuelve según tu volumen de facturas y tus clientes.

Fuentes