Verifactu para tiendas y comercios

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Si tienes una tienda —ropa, alimentación, ferretería, estanco, lo que sea— tu relación con Verifactu pasa por un aparato concreto: la caja o el TPV que imprime los tickets. La respuesta corta es que casi seguro tendrás que adaptarlo o cambiarlo. La respuesta completa tiene matices que te conviene conocer, sobre todo si estás en recargo de equivalencia. Vamos con las respuestas oficiales de la AEAT.

La regla que manda: si tu caja imprime tickets, es un SIF

Cada ticket de compra es, legalmente, una factura simplificada. Y la AEAT responde sin rodeos al caso del pequeño comerciante: desde el momento en que usa “una caja para registrar las ventas realizadas e imprimir para cada una de ellas lo que debería ser una factura simplificada”, está sujeto al reglamento, “bien adaptando las cajas registradoras (si esto fuera posible), bien adquiriendo algún sistema informático de facturación adaptado”.

Tres matices oficiales más, muy de comercio:

  • La balanza: si solo pesa, es un elemento auxiliar y queda fuera. Pero las balanzas que acumulan importes y expiden el ticket de la compra completa “serían consideradas SIF al ser utilizadas también como cajas registradoras” — deberán adaptarse.
  • La recapitulativa del día no exime: cada factura simplificada queda sometida al reglamento y, en modalidad VERI*FACTU, se comunica una a una, hagas o no un resumen al cierre.
  • La tienda online también: el canal es indiferente, dice la AEAT. Si tu e-commerce emite facturas, el sistema que las genera debe cumplir.

¿Y el recargo de equivalencia? El matiz que importa

Muchos comercios de persona física están en recargo de equivalencia, que exime de la obligación general de facturar. Pero cuidado con relajarse, porque las excepciones te alcanzan fácil:

  • Si tributas en IRPF por estimación directa, estás obligado a facturar (art. 26 del reglamento de facturación) — y por tanto, dentro.
  • Factura obligatoria siempre que el cliente sea empresa o profesional, te la exijan, o vendas un inmueble.
  • Y la regla general de la AEAT: emitas facturas o tickets por el motivo que sea mediante un sistema informático, ese sistema debe estar adaptado.

En la práctica: solo quedaría fuera el comercio en recargo + módulos que no emite ningún documento con la caja o lo hace todo a mano. Con un TPV imprimiendo tickets — el 99 % de las tiendas — toca adaptarse.

Qué hacer, por orden

  1. Pregunta al proveedor de tu TPV o caja si tu modelo tendrá adaptación Verifactu, con fecha concreta, y pide su declaración responsable. Los fabricantes venden adaptado desde julio de 2025: las evasivas son mala señal.
  2. Si no hay adaptación posible, valora un TPV moderno adaptado o un programa de facturación con emisión de tickets: Billin los incluye ilimitados desde 6,6 €/mes +IVA; Quipu añade gastos, previsión de impuestos y conexión con gestoría — comparativa completa con precios verificados.
  3. La app gratuita de la AEAT no emite tickets, así que no es la herramienta del mostrador; sirve solo para facturas completas puntuales a empresas.
  4. Apunta tu fecha: 1 de julio de 2027 (autónomo) o 1 de enero de 2027 (sociedad) — calendario con fuentes. Y recuerda que el ticket llevará un código QR nuevo: para tu cliente no cambia nada más.

¿Dudas de tu caso concreto? El test de 2 minutos te dice qué necesitas según cómo cobras y tu volumen de ventas.

Fuentes