Verifactu para fisioterapeutas y clínicas

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En fisioterapia hay una confusión muy extendida: “mis servicios están exentos de IVA, así que esto de las facturas va con otros”. Es justo al revés, y está escrito en el reglamento: la sanidad es de los sectores donde la factura es obligatoria aunque la operación esté exenta. Te lo mostramos con la norma delante, y vemos qué significa Verifactu para tu consulta o clínica.

La exención de IVA no te exime de facturar (lo dice la norma)

Tus servicios de asistencia sanitaria están exentos de IVA por el artículo 20.Uno.3º de la Ley del IVA — hasta ahí, bien. Pero el Reglamento de obligaciones de facturación (art. 3.1.a) dice literalmente que, aun siendo exentas, “la expedición de factura será obligatoria en las operaciones exentas de este Impuesto de acuerdo con el artículo 20.Uno.2.º, 3.º, 4.º, 5.º…”. El 3.º es exactamente la asistencia sanitaria.

Traducción: cada sesión que cobras debe tener su factura (sin IVA, con su mención de exención). Y a partir de ahí aplica la regla general de Verifactu que ya conocemos de la AEAT: si emites facturas con un sistema informático, ese sistema debe cumplir el reglamento. Como una consulta emite facturas constantemente, en la práctica Verifactu te afecta de lleno.

Dos detalles sectoriales que casi nadie cuenta:

  • Los bonos de sesiones también se facturan. El reglamento obliga a expedir factura “por los pagos recibidos con anterioridad a la realización de las prestaciones de servicios” (art. 2 ROF): el cobro anticipado del bono de 10 sesiones genera factura en ese momento, no al consumir las sesiones.
  • Mutuas y aseguradoras: cuando facturas a una compañía, el destinatario es un empresario — factura obligatoria en todo caso (art. 2.2.a ROF), como ya ocurría.

Qué cambia en tu consulta con Verifactu

Nada en lo fiscal (sigues exento de IVA) y nada en tu forma de trabajar con pacientes. Cambia la herramienta: a partir de tu fecha límite, tus facturas deben salir de un sistema adaptado, que generará los registros encadenados y el código QR en cada factura (qué es Verifactu, explicado).

Las fechas: 1 de julio de 2027 si eres autónomo; 1 de enero de 2027 si la clínica opera como sociedad (calendario con fuentes).

Qué te sirve, según tu tamaño

  • Consulta individual con pocas sesiones-factura al mes: la app gratuita de la AEAT puede bastarte — emite facturas completas, que es lo que necesitas (aquí no hay tickets). Su límite práctico: todo es manual vía sede electrónica, sin agenda ni bonos; con volumen de pacientes se hace pesado.
  • Consulta o clínica con actividad regular: un programa adaptado te compensa desde el primer mes. Billin (desde 6,6 €/mes +IVA) para facturar simple; Quipu si además quieres gastos, previsión de impuestos y conexión con tu gestoría. Ambos declaran cumplir Verifactu — comparativa completa con precios verificados.
  • ¿Usas un software de gestión de clínica (agenda, historia, cobros)? Pregunta al proveedor si su módulo de facturación está adaptado a Verifactu y pide su declaración responsable. Si no lo está ni lo va a estar, la alternativa habitual es mantener la agenda clínica y facturar con un programa adaptado aparte.

Un aviso de coherencia importante: la AEAT no permite mezclar sistemas — si facturas con programa, toda la facturación va por sistema adaptado, sin facturas sueltas en Word para los casos raros.

¿Quieres saber qué encaja con tu volumen exacto? El test de 2 minutos te da la recomendación con tu fecha límite.

Fuentes